¿Cuáles son los gastos notariales para comprar o vender vivienda en Colombia en 2026?

Para comprar o vender vivienda en Colombia, es clave prever los gastos notariales para evitar sorpresas. Esta guía resume de forma clara y amigable, los costos más importantes que debes considerar.

Aproximadamente, el vendedor asume alrededor del 1,27% del valor del inmueble, principalmente por retención en la fuente y su parte de gastos notariales.

En total, el comprador termina pagando cerca del 1,94% del valor del inmueble por conceptos de beneficencia y registro.

Ganancia Ocasional

  • Si vendes un inmueble que ha hecho parte de tu patrimonio por mínimo dos años, la utilidad se clasifica como ganancia ocasional y se grava con una tarifa fija del 15%.
  • Si vendes antes de dos años, esa utilidad no es ganancia ocasional sino renta ordinaria y se somete a la tabla progresiva de impuesto de renta (que puede ser más alta).
  • Para vivienda de habitación (tu residencia principal), la ley contempla exenciones: una parte de la utilidad puede quedar libre de impuesto de ganancia ocasional hasta un tope determinado en UVT, siempre que se cumplan requisitos específicos.

Retención en la fuente

  • En la notaría se practica una retención en la fuente del 1% sobre el valor de la venta cuando el vendedor es persona natural, pero en ciertos casos (por ejemplo, ventas de personas jurídicas u operaciones de características específicas, puede aplicarse una tarifa de retención más alta, como 2,5%, según la normatividad tributaria vigente.
  • Esa retención funciona como un pago anticipado de impuestos: es decir, es un abono a cuenta del impuesto que luego se liquida en la declaración de renta (por ganancia ocasional o renta ordinaria, según el caso).
  • Al presentar la declaración, ese valor retenido se descuenta del impuesto total a pagar (se trata como un anticipo o crédito fiscal), por lo que reduce el saldo que quedarías debiendo al final.
  • El agente retenedor es el notario, si no se ha efectuado la retención, no se autoriza la escritura; por eso se paga antes de finalizar la venta como parte del trámite notarial.

Impuesto de beneficiencia

  • El impuesto de beneficencia es un impuesto departamental que se cobra por la transferencia de propiedad del inmueble y es un tributo ligado al registro de la escritura.
  • Su porcentaje varía según el departamento; en varios ejemplos prácticos para Bogotá se toma una tarifa de aproximadamente el 1% del valor de la venta, que normalmente paga el comprador porque está asociado a la legalización del inmueble a su nombre.

Impuesto de registro

  • También llamado derechos de registro, es el costo por inscribir la escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, lo que formaliza el traspaso de la propiedad.
  • Este impuesto también lo asume el comprador y suele estar en un rango cercano a 0,5%–0,7% del valor del inmueble. Los porcentajes exactos dependen de la norma departamental y de la actualización anual de tarifas, por lo que siempre es recomendable verificar el valor vigente con la notaría o la oficina de registro del lugar donde se encuentre el inmueble.

¿Quién debe pagar los gastos notariales de compraventa de un inmueble en Colombia?